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A cumplirla y hacerla cumplir: rige la ley que prohíbe que las colas superen los 30 minutos

La Ley Provincial Nº 10.236, que considera como “práctica abusiva” las esperas superiores a los 30 minutos, en comercios y entidades financieras, bancarias, supermercados, empresas de servicios y organismos del Estado entró en vigencia a partir de esta semana. Los legisladores bien podrían ahora abogar por hacer respetar la confidencialidad, la privacidad de quiénes están en filas o colas y ciertos desubicados e irrespetuosos no guardan la distancia para preservar la suficiente intimidad de actos comerciales, mercantiles o de otra índole.

 

Además de evitar largas demoras en el cobro o pago en las cajas habilitadas, o para la atención, los locales de “atención masiva al público” deberán contar con sanitarios de acceso libre y gratuito a disposición. A partir de ahora, al constatarse las infracciones las empresas o entes infractores serán sometidos a sanciones y multas.

 

El director de Defensa del Consumidor de la Provincia, Juan Carlos Albornoz, confirmó que en el marco de la aplicación de la ley comenzaron operativos e inspecciones días atrás. Uno de ellos se concretó en el Nuevo Banco de Entre Ríos SA.

 

El funcionario explicó que el organismo puede actuar de oficio ante denuncias de usuarios afectados, o bien apelar a la figura del “inspector encubierto”: mediante esta modalidad se pueden corroborar con exactitud los tiempos de espera, ya que en la práctica –en muchos casos– pueden registrarse inconvenientes para comprobar las demoras y se debe recurrir a testigos, por ejemplo. La tarea de la repartición consiste en constatar la infracción, y recién después imputar a la empresa u organismo infractor.

 

En líneas generales, los mayores reclamos por demoras se centran en las entidades bancarias.. Más atrás aparecen los supermercados y también organismos del Estado vinculados al cobro de servicios.

 

Con la aplicación de esta norma –presentada por la diputada provincial Rosario Romero– también quedará al descubierto la necesidad de contar con más trabajadores en las empresas, reacias a ampliar su planta de personal para brindar una atención adecuada a la demanda existente.

 

Ante requisitoria de los colegas de Diario UNO, Albornoz subrayó que los usuarios afectados pueden realizar las denuncias en la sede del organismo –San Martín 746– o por teléfono al 0800-444-8256. También se puede pedir la asistencia o colaboración a los distintos organismos de Defensa del Consumidor de las municipalidades. En ese sentido, la dependencia del gobierno de la ciudad de Paraná recomendó tiempo atrás hacer constar el reclamo en el Libro de Quejas, documento que obligatoriamente deben contar todos los comercios habilitados.

 

De acuerdo con la norma, serán sancionados con multas aquellos locales que perjudiquen a clientes y usuarios con demoras de 30 minutos; y también se multará “la espera en condiciones de incomodidad que obliga a soportar las inclemencias climáticas a efectos de ser atendidos”.

 

La puesta en vigor de la ley implica además un compromiso de los clientes, dado que ante una falta siempre tienen a mano la opción de comenzar a aplaudir para llamar la atención de los ejecutivos de la empresa o institución pública.

 

Detalles

 

* Por denuncias, se debe recurrir a la sede de Defensa del Consumidor provincial, San Martín 746, o al teléfono gratuito 0800-444-8256.

 

* También se puede llamar a los organismos de defensa del consumidor de cada municipio.

* Se sugiere también hacer constar el reclamo en el libro de quejas del comercio.