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¿Receso y/o asueto? Los empleados de la Provincia expectantes

Empleados de la Administración Pública del Gobierno de Entre Ríos aguardan con enorme expectativa el formal decreto del gobernador Gustavo Bordet, de manera esencial para coordinar adecuadamente la prestación de servicios esenciales. De modo especial, hay mucha ansiedad en ámbitos donde se aceitan mecanismos inherentes a guardias, pero a la vez la inquietud toca a la mayoría de los estamentos en cuanto al ordenamiento del uso de la licencia anual ordinaria.

 

En ocasión de las festividades de Navidad y Año Nuevo, se torna imprescindible disponer asueto administrativo y determinar el período de receso administrativo, contemplando no solo la intención de beneficiar el encuentro de las familias en sus senos íntimos, sino también en observancia de la marcada disminución de trámites y gestiones en áreas vinculadas con los restantes Poderes del Estado atendiendo a la feria del Poder Judicial y periodo de sesiones legislativas.

 

De este modo, en el marco de un ordenado manejo de recursos humanos y materiales de la Administración Provincial con miras a la racionalización del gasto público, se hace conveniente disponer receso administrativo en la órbita de este Poder Ejecutivo, concentrando el mismo en aquellas áreas que admitan esta modalidad sin resentir la prestación de servicios esenciales.

A su vez, se concibe provechosa la fijación del período de receso, a efectos de ordenar la utilización de la licencia anual ordinaria por parte del personal de la Administración central.

 

Por añadidura, a fin de brindar seguridad jurídica para los administrados, dichos ciclos serán calificados inhábiles administrativos, suspendiéndose los plazos procedimentales, con las excepciones de aquellas operaciones que, de acuerdo al interés público comprometido, sea indispensable o ineludible prorrogar.

Obviamente, la providencia a adoptar no estipula la suspensión total de las funciones propias del Estado, ya que se deberá garantizar la subsistencia en la prestación de los servicios primarios a cargo de este debiéndose instituir las guardias con las modalidades que cada situación amerite a fin de no perjudicar su normal funcionamiento.

 

Por ello, las autoridades jurisdiccionales deberán confeccionar un plan de contingencias que posibilite dar pronta respuesta a eventuales urgencias que pudieren presentarse en dicho lapso.

Así entonces, hay que dividir los alcances de asueto y receso, con radical interés en cuanto a que el receso administrativo involucra la cláusula constitucional que se puede computar a cuenta de la licencia anual ordinaria de los agentes.

 

Amén de ello, reafirmamos, se declaran inhábiles, a los fines del procedimiento administrativo, los días comprendidas en el periodo declarado asueto y receso administrativo por el presente, quedando suspendidos los plazos administrativos, excepto los referidos a los procedimientos de selección del co-contrante estatal bajo la ley de contabilidad y obras públicas y los concernientes a las operaciones de crédito publico

Así, mediante el dictado de resoluciones pertinentes, se establecerán las medidas obligatorias a efectos de garantizar la continuidad de los servicios esenciales y el funcionamiento de sus dependencias en los periodos de receso y asueto, pudiendo disponer en su ámbito, las particularidades bajo las cuales se presentan servicios, los agentes responsables, así como los lineamientos a seguir para la atención de situaciones extraordinarias y/o de urgencia que se originen.

 

Ahora bien… Para ser más claros: Conceptualmente no hay diferencia entre asueto y receso. Ahí hay un encuadre en el artículo 174 de la Constitución Provincial. El gobernador dispone asueto administrativo y obviamente lo declara inhábil para los procedimientos administrativos, tanto al asueto como al receso.

La diferencia es que el receso administrativo es a cuenta de la licencia anual ordinaria, lo cual aparece en el artículo 2, y el asueto administrativo no cuenta como licencia. Es como un feriado que dispone el Poder Ejecutivo.

 

Por ende, lo que siempre quiere la gente es que se declare asueto así no les consume las vacaciones. Ejemplifiquemos, en cuanto a Salud, esta trascendental área siempre tiene que trabajar con los recesos planificados porque no se puede ir todo el mundo de vacaciones y dejar servicios sin funcionamiento, más aún cuando es un servicio de notable relevancia.

Por eso es que si bien siempre sale la resolución inherente a que los hospitales y centros de salud continúan con la planificación de la licencia que ya establecieron, este año aún ello no se ha definido, de tal modo, hete aquí uno de los ámbitos donde más pesa la incertidumbre al no expedirse concretamente el mandatario provincial con el decreto pertinente hasta estos minutos no publicado.