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Monotributo: admite AFIP que se reincorporen autoexcluidos

La reciente Resolución General 3.990 corrige un vacío notable, conocido inmediatamente después de haberse conocido la RG 3.982 y así pone en igualdad de condiciones ante la ley tanto a los excluidos como a los autoexcluidos del Monotributo. En efecto, la RG 3.990 estipula, ahora claramente, que la posibilidad de reingresar al Régimen Simplificado comprende tanto a los excluidos de pleno derecho -aquellos eliminados del régimen por la AFIP-, como a los excluidos por “autodeclaración de los propios contribuyentes”.

 

En la conferencia de prensa brindada el 5 de enero pasado, el administrador federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, anunciaba los aspectos destacables de la reglamentación de las modificaciones al Régimen Simplificado (Monotributo) y entre otros temas aseveró: “Se permitirá el reingreso de los sujetos excluidos de oficio, o autoexcluidos durante 2016, quienes no deberán esperar tres años, como era hasta ahora”.

 

De lo expresado por Abad surgía claramente que el beneficio de reingreso comprende tanto a los que eran consignados en la nómina de excluidos que periódicamente publica la AFIP como aquellos que voluntariamente lo decidieron cumpliendo con la ley.

 

Sin embargo, la Resolución General 3.982 se refiere a los contribuyentes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho por haberse verificado alguna de las causales establecidas en el artículo 20 de la Ley 24977. Dicho de otro modo, aquellos que fueron expulsados del Monotributo por la AFIP, dejando sin reingreso a los que tomaron la decisión voluntariamente y acorde a lo normado.

 

Más aún, esta limitación no surge con plenitud de la Ley 27.346. En rigor el legislador no lo estipuló como lo hace la RG 3.892 y trató de ser más amplio y ecuánime, más cerca de lo anunciado por el titular de la AFIP que, ahora reconoce a través de la RG 3.990 el alcance del beneficio para los autoexcluidos otorgando un tratamiento igualitario ante la opción de reincorporase al régimen. De otra manera, como se advertía en su oportunidad, mientras se cumplan los requisitos exigidos y se encuadre en los actuales parámetros se estaría discriminando a favor de los excluidos por el Fisco y negándole la posibilidad al que se autoexcluyó. A partir de ayer el tema quedó resuelto con un criterio de equidad, en línea con aquellos anuncios que hiciera el organismo fiscal a través de su titular, los monotributistas autoexcluidos podrán reingresar al régimen, sin esperar 3 años, opción que podrán ejercer hasta el 31 de mayo.