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Los docentes cobrarán retroactivo a enero el incremento pendiente de 2017

El reajuste está contenido en el decreto 528 que fue entregado este martes a los sindicatos en la Secretaría de Trabajo en el marco de la paritaria administrativa tras el rechazo de Agmer a las cuatro propuestas de incremento salarial propuestas por el gobierno.

 

Durante la reunión el titular de la cartera, Oscar Balla, formalizó la oferta del 15 por ciento de incremento en tres tramos y el compromiso de revisión en caso de que los índices inflacionarios superen esa cifra.

 

En la mesa paritaria, el gobierno presentó el decreto de pago del 1.3 por ciento del ejercicio 2017, que se pagará retroactivo a enero por complementarias en abril. Las autoridades provinciales aclararon que la instancia busca arribar a acuerdos formales con los representantes gremiales para efectivizar la recomposición del salario docente.

 

Balla aclaró que luego del rechazo de la propuesta superadora del 17 por ciento la discusión volvió a foja cero, con el ofrecimiento del 5 por ciento en marzo, 5 por ciento en julio y 5 por ciento en octubre. Ante el rechazo de la propuesta por parte de Agmer, la Secretaría de Trabajo queda habilitada para convocar a una audiencia de conciliación dentro de los cinco días hábiles desde la presente.

 

La titular del Consejo General de Educación (CGE), Marta Landó, manifestó que “sin dejar de reconocer los derechos gremiales a huelga, el gobierno va a priorizar el derecho a la educación y los derechos del niño”.

 

Estuvieron presentes desde Agmer, el secretario general, Marcelo Pagani; por Amet, el secretario gremial, Carlos Varela; desde Sadop, el secretario general, Sergio Pesoa; y de Uda, la secretaria general, Mirta Raya. Por parte de la provincia, la presidenta del CGE, Marta Landó, el director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Hernán Jorge, el director de Trabajo, Silvio Pucheta y el coordinador, Armando Ferrari.

 

El decreto

 

Las paritarias 2017 requirieron un ajuste del 1,3 por ciento en virtud del compromiso asumido por el gobierno provincial por el cual ningún trabajador percibirá aumentos por debajo del índice inflacionario determinado por el INDEC. Se realizó un reajuste en el régimen salarial y remuneraciones docentes, que se considera a partir del 1 de enero de este año.

 

La norma establece que se incrementa el valor del Punto Índice Docente de Jornada Simple y del Punto Índice Docente para el cálculo de la Bonificación por Prolongación de Jornada y Jornada Completa (Código 052), quedando fijado en los siguientes valores el Punto Índice a enero de 2018: Jornada Simple 5,3019; Prolongación de Jornada y Jornada Completa, 9,1615.

 

Por otra parte, se incrementan los valores del Adicional Remunerativo No Bonificable establecido por Decreto 5863/05 MEHF (Código 06) vigentes a diciembre de 2017, en 1,3 por ciento a partir de enero de 2018.

 

Además, se incrementa el monto de la Compensación por Traslado, establecida por decreto Nº2.309/92 MGJE (Código 029), fijando el tope de la misma en 1.929,43 pesos a partir del 1 de enero de 2018.

 

También se incrementa el valor vigente a diciembre de 2017, del Adicional Remunerativo creado por el artículo 9 del decreto 880/14 MEHF en un 1,3 por ciento a partir del 1 de enero de 2018, quedando determinado en 1.229,54 pesos.

 

A su vez se fijan, también a partir del 1 de enero de 2018, los montos del haber mínimo de bolsillo, neto de asignaciones familiares y de descuentos de Ley, incluyendo el Adicional Remunerativo No Bonificable establecido por Decreto Nº 5.863/05 MEHF (Código 006) y el Fondo Nacional de Incentivo Docente (Código 84 o 99) de corresponder, liquidándose las diferencias para alcanzar los nuevos haberes mínimos como un Complemento de carácter Remunerativo no Bonificable, en los valores que se indican: Jornada Simple (carga semanal 20 horas) 11.577,00 pesos; y Jornada Completa (desde 600 puntos), 16.708,00 pesos.

 

Por último, se establece que se incrementa el monto de las transferencias a las escuelas públicas de gestión privada, en la oportunidad y por el importe que resulte de los incrementos otorgados por el decreto mencionado.