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La Provincia participó de las primeras Jornadas de Derecho Administrativo Municipal en Campana

Bajo el lema Modernización e Innovación del Estado para la Defensa del Interés Público, el fiscal de Estado de la Provincia de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, participó de las Primeras Jornadas de Derecho Administrativo Municipal, organizado por el municipio de Campana y DPI Cuántico -Derecho para Innovar.

 

Rodríguez Signes disertó en el panel denominado Régimen de Empleo Público, Ley 14.656. En esta línea el funcionario explicó que “en referencia al empleo público no hay una ley provincial ni de paritarias ni de pisos mínimos, cada municipio por más pequeño o grande que sea regula la relación de empleo con sus trabajadores por una ordenanza, por supuesto que hay otras leyes que regulan los aspectos laborales, previsionales, leyes de accidentes de trabajo, entre otras, que son de aplicación común. En el caso que el municipio no lo tenga regulado, por vía supletoria se aplica el Régimen de Empleo Público Provincial. Por tanto, una ley como la 14.656 en la provincia de Entre Ríos sería inconstitucional porque en la medida que regula las relaciones de empleo público para todos los municipios, eso está en contradicción con el precepto de la autonomía municipal”.

 

“Esta historia de las relaciones entre empleo público regido por los municipios y sus trabajadores no es nuevo, en el caso de Paraná rige la ordenanza 4220 de 1949, en Concordia la ordenanza 11275 del año 1949, en Concepción del Uruguay la ordenanza 2660 y en Gualeguaychú la ordenanza 7921 de 1985”, enumeró. “Estas ordenanzas tienen las categorizaciones respectivas: profesionales, técnicos, administrativos, obrero especializado, obrero calificado, personal de servicio; en general establece el ingreso por concurso, la estabilidad, la sanción previa al sumario administrativo, un régimen de licencias. En cuanto a las negociaciones de las condiciones de trabajo el artículo 240 inciso 5 de la Constitución de Entre Ríos atribuye al gobierno municipal la potestad de concertar convenios colectivos de trabajo y preservar los sistemas locales de seguridad social existentes. Este es el esquema general”, expuso el fiscal de Estado.

 

En referencia a las palabras modernización e innovación, Rodríguez Signes manifestó: “La autonomía es un avance importante, porque permite que cada municipio conforme a sus características pueda establecer su estructura de funcionamiento necesaria, de acuerdo a sus finanzas cuál es la remuneración que pueda pagar o cuánto es la plantilla de personal que puede tener. La autonomía en este aspecto es un adelanto, un paso a la modernización”.

 

Para concluir el funcionario destacó: “Hay deudas pendientes, tres cuestiones sobre las que tendríamos que trabajar. Uno es la relación entre el gasto total, los gastos corrientes y los gastos de personal; indudablemente es un enorme problema porque las provincias y los municipios en general tienen un margen mínimo para la inversión en obra pública y equipamiento, ya que la mayor parte del gasto está absorbida por el gasto en personal. Obviamente los recursos humanos son fundamentales para la prestación de los servicios, pero también lo es el equipamiento y la obra pública, que hoy se encuentran asfixiados. Otra de las cuestiones pendientes es el ingreso por concurso a la administración pública. Y por último, las promociones y los estímulos al personal”.

 

En este sentido, “voy a citar el ejemplo del municipio de Concordia que mediante el decreto 705 de 2014 estableció un interesante sistema de estímulos para asensos o recategorizaciones. A través de un sistema de puntaje, juega positivamente la antigüedad, el nivel de estudio, la capacitación y el desempeño laboral, y en forma negativa juegan las inasistencias, la falta de puntualidad y las sanciones. Considero que este sistema es un recurso y una herramienta valiosa que mejoraría el desempeño laboral del empleado en todos sus aspectos”, concluyó el fiscal.

Fuente: Prensa Fiscalía de Estado.-