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La “Emergencia Sanitaria” municipal no contempla el macrocentro de Paraná

Desde Prensa de la Municipalidad de Paraná, se prosigue informando que mediante la Dirección General de Programas Especiales Ambientales, la Comuna continúa relevando terrenos que se hallan en estado de desidia, no obstante, en la  intersección de las calles Urquiza y Cura Álvarez, se viola impunemente la Ordenanza N°9377/16. Gestión Varisco, inmutable.

 

Mantenemos la idea… Una cosa es lo que se informa desde Prensa del municipio capitalino, y -otra- lo que verdaderamente se hace o NO se hace…

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La peculiar impronta comunicacional de la Comuna paranaense produce un cóctel de frustración, inquina e hilaridad para los vecinos de nuestra ciudad. Y… obviamente… La vecindad no sabe cómo se manejan los responsables de esa repartición, donde hay cierto funcionario que dice tener más voz y mando que el propio intendente.

 

El fastidio creciente se revela en múltiples foros en Redes Sociales, en segmentos de opinión en medios que cuentan con Correo de Lectores o en diferentes espacios de la sociedad donde se palpa una desilusión general respecto a la gestión de Sergio Varisco y Cambiemos.

 

Y si bien uno DA LA RAZÓN profundamente en cuanto al legado brutal sufrido, ya es tiempo de dejar de pensar en la herencia y dar prioridad a las PROMESAS para cumplirlas, dejando la retórica de lado.

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La Dirección de Control Urbano debe trabajar con mayor ahínco en la aplicación de la Ordenanza de Emergencia Sanitaria, controlando las condiciones de higiene de los inmuebles urbanos, sobre todo interviniendo ante el estado de abandono de terrenos.

 

Deben evitarse, soslayarse, irresoluciones, indecisiones que dificultan el cumplimiento de la declaración de Emergencia Sanitaria (Ordenanza N°9377/16) dispuesta en la ciudad desde el 11 de abril de 2016, con el fin de prevenir riesgos de propagación de enfermedades como leptospirosis, hantavirus, dengue, zika y fiebre chikunguya, instándose al mantenimiento de terrenos emplazados en el egido de la capital entrerriana.

 

La norma requiere las debidas y adecuadas condiciones de higiene de los inmuebles libre de yuyos, matorrales, otras malezas; de recipientes y/o cualquier elemento que albergue agua estancada que pudiera contener agua en desuso o en uso permanente o esporádico y sin tapa; de residuos domiciliarios, comerciales o industriales; y de todo otro género de materias que signifiquen un riesgo real o potencial para la salud pública y el saneamiento ambiental.

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La etapa de sanción comenzó a regir el pasado 19 de enero de 2017, multándose al responsable del espacio y determinando la limpieza del mismo por medio de terceros con costo a cargo del propietario y/o responsables.

 

Por todo lo expuesto, esperamos que personal municipal concurra hoy mismo a la esquina de calles Urquiza y Cura Álvarez, repetimos, a pocas cuadras del microcentro capitalino, para comprobar in situ lo que ocurre con un baldío y veredas cubiertas por malezas, donde cohabitan ratas, arañas, y no es descabellado que haya ofidios, amén de la inseguridad latente por poder guarecerse allí forajidos -acechantes- para dar paso a cualquiera de sus intenciones viciadas de ilegalidad.

Fotos: Gentileza Georgina Hernández.-