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La Corte Suprema ordenó reabrir la causa por la tragedia del colegio Ecos

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la prescripción y ordenó este jueves así reabrir la causa por la muerte de 12 personas, en su mayoría estudiantes del Colegio Ecos, ocurrida en una ruta santafesina el 8 de octubre de 2006 cuando el micro que los trasladaba fue embestido de frente por un camión cuyo chofer estaba alcoholizado.

 

Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton votaron a favor de dejar sin efecto la prescripción, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, por lo que se aceptó hacer lugar a un recurso extraordinario que habían presentado los familiares de las víctimas, con el apoyo de la Procuración General.

 

La Justicia de Santa Fe había declarado prescripta la causa, pese a la condena que recaía sobre el conductor del micro en el que iban las víctimas de esa tragedia, entre los que se encontraban 9 estudiantes y una docente que viajaban a Santa Fe a realizar tareas solidarias.

 

Ahora, la Justicia de Santa Fe tendrá que dictar un nuevo fallo.

 

El accidente y el derrotero judicial

 

El siniestro ocurrió el 8 de octubre de 2006 cuando el micro en el que viajaban los alumnos del Colegio Ecos, del barrio porteño de Villa Crespo, chocó contra un camión que estaba fuera de control en la ruta nacional 11, cerca de la localidad de Margaritas, a 200 kilómetros de la ciudad de Santa Fe.

El accidente le costó la vida a nueve estudiantes, una docente, el camionero Ángel Soto y su acompañante.

 

El principal responsable fue Soto, el conductor del camión, que iba al volante borracho y en zigzag y murió en el hecho.

Sin embargo, la causa apuntó al conductor del micro en el que viajaban los chicos, Oscar Atamañuk, a quien se investigó para establecer si circulaba a una velocidad mayor a la permitida y si la maniobra que hizo para evitar la colisión contribuyó o no a magnificar la tragedia.

 

Atamañuk afrontó tres juicios: en 2009 y fue absuelto por el juez Jorge Galbucera, pero el fiscal apeló y la sentencia fue anulada por la Cámara Penal de Apelaciones de Vera.

El segundo fue en 2011 y el juez penal de Reconquista Virgilio Palud condenó al chofer a tres años de cárcel en suspenso por homicidio culposo, pero la defensa apeló y el fallo fue anulado por la Cámara de Penal de Rafaela porque el magistrado se había olvidado de tomarle la indagatoria al acusado.

 

El tercer juicio se produjo en 2013 y el juez Jorge Oscar Fernández dictó la condena a dos años y medio de prisión por “homicidio culposo” y “lesiones culposas” y una inhabilitación para conducir por cinco años.

Sin embargo, la defensa del conductor ya había iniciado un planteo de prescripción que finalmente le fue otorgado en julio de 2014.