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Jubilados: la Corte declararía inconstitucional el pago de Ganancias

La Corte Suprema de Justicia fallará mañana sobre la aplicación del Impuesto a las Ganancias a los jubilados. La decisión alcanza a 170.000 trabajadores pasivos que perciben más de $62.000 mensuales y toma como referencia una sentencia dictada en el Juzgado de Paraná.

 

La decisión beneficiaría a 170.000 jubilados, que perciben más de $ 68.000 mensuales y deja librado al Congreso de la Nación la modificación de la Ley de Ganancias y la exclusión de los jubilados de la cuarta categoría. Podrían no estar todos eximidos, sino sólo una parte.

 

Los jueces que se inclinarían a favor de la eximición del pago de Ganancias son Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, la denominada “mayoría peronista” de la Corte. Carlos Rosenkrantz, el titular del cuerpo, votaría a favor del pago del impuesto, y aún no se decidió que postura tomaría la vicepresidenta Elena Highton de Nolasco.

 

La resolución de Paraná había sido de 2ª Instancia, y en la misma se determinó que los haberes no constituyen una ganancia y que como el trabajador retirado ya tributó mientras estuvo activo, esto significaría una “doble imposición”.

 

Se trata del segundo fallo importante del año que surge desde la Corte, en el marco de la agenda de casos relevantes, luego de la reciente, en la que se resolvió que eran “inconstitucionales” los intentos de los gobernadores de Río Negro y La Rioja de buscar un tercer mandato.

 

Cuál es el origen del caso

 

La causa se inició en los tribunales federales de Concepción del Uruguay. El Juzgado Federal número 2 de esa ciudad declaró que es inconstitucional el hecho de que el fisco le cobre Ganancias a la jubilación de María Isabel García, quien fue la persona que inició la demanda.

 

Dos años después del comienzo del expediente, en 2017, la Cámara de Paraná rechazó la apelación de la AFIP, que recurrió en queja a la Corte Suprema. Según la Justicia entrerriana, la jubilación “no constituye ganancia”.

 

Según la especialista en Derecho Previsional Adriana Micale, entre los principales argumentos que podría utilizar la Corte en su fallo, figura la diferenciación entre el concepto de devengado y el de percibido. Individualmente, la actora, de manera mensual cobraba un sueldo pasivo y un reajuste, y así quedaban gravadas de manera conjunta y por eso pagaba Ganancias.

 

De todos modos, detalla Micale, el jubilado que litigue deber demostrar que se afecta su salario con el impuesto hasta llegar a extremos de confiscatoriedad.

 

Eugenio Semino, defensor de la tercera edad, consideró que “La Corte está tensando el juego político con el Gobierno, al que está enfrentado”. Y sostuvo que “por eso saca fallos como este, que no son los que realmente tendrían trascendencia en materia previsional”.