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El Ministerio de Gobierno presentó propuestas para reformar el Código de Contravenciones

A través de una propuesta elevada por el ministro de Gobierno, Mauro Urribarri, la cartera se sumó a la convocatoria realizada desde el Senado de la provincia para modificar la Ley 3.815 de Contravenciones Policiales que data de 1952 y aún está vigente en el territorio entrerriano. Si bien desde el cuerpo legislativo, a través de un proyecto presentado por Ángel Giano, la intención es incorporar a la norma un apartado destinado a aplicar a sanciones a quienes agredan a maestros, la voluntad del Ministerio es la de impulsar una nueva normativa contravencional “moderna y ajustada a los estándares de los derechos humanos actuales”.

 

Así lo explicó Urribarri al asistir a un encuentro de trabajo de la Comisión de Seguridad del cuerpo en el que se analizó el tema, por iniciativa del senador Giano. Participaron legisladores de los distintos bloques y representantes del Poder Judicial, del Consejo General de Educación (CGE) y de los gremios del sector, entre otros actores involucrados en la temática.

 

“Vamos a acompañar la iniciativa del senador Giano que busca dar respuesta concreta a una necesidad de los trabajadores de la educación. Resulta sumamente importante en tanto se trata de un mecanismo que da respaldo ante situaciones desafortunadas que a veces tienen que atravesar los trabajadores. No obstante, nuestra voluntad desde el ministerio es impulsar un nueva ley de contravenciones en la provincia, moderna y ajustada a los estándares de derechos humanos actuales”, expuso Urribarri.

 

La actual normativa data de 1952 y necesita ser revisada. “Hoy necesitamos una herramienta legislativa nueva, que conjugue con inteligencia los fines de una política criminal eficiente, el derecho a la seguridad ciudadana y el aseguramiento de derechos y garantías constitucionales de todos los entrerrianos. La idea es atender la urgencia con esta propuesta que nos convoca hoy, pero también ocuparnos de la cuestión de fondo con un proyecto de reforma integral, que contemple nuevas contravenciones que vayan en contra de la paz social y un procedimiento judicial”, sostuvo el ministro.

 

Puntualmente, el proyecto impulsado desde la cartera política apunta a contemplar nuevas contravenciones, que hoy se dan en la vida cotidiana y, a la vez, derogar sanciones a conductas que ya no deben ser punidas por el Estado.

 

La iniciativa apunta a pensar en un sistema de persecución y aplicación del sistema contravencional pura y exclusivamente judicial, que asegure el derecho a defensa de los acusados y el debido proceso, con la facultad de apelar la sanción ante un tribunal revisor. La imposición de una sanción por una contravención es, en definitiva, una pena impuesta a un ciudadano por el Estado, lo cual debe ser mediante un proceso judicial que garantice al ciudadano el ejercicio pleno de sus derechos y garantías constitucionales.

 

Es necesario pensar en sanciones modernas y eficaces, que recojan las mejores innovaciones que muestran el derecho penal y contravencional comparado, y en mecanismos de sanciones alternativos, entre los que resaltan el perdón o la reparación del daño y penas como el trabajo comunitario y la mejorar el sistema de imposición y cobro de multas, entre otros.

 

El proyecto de Giano, en tanto, apunta a incorporar a la normativa vigente las “contravenciones escolares”. Puntualmente, pretende añadir un artículo en el cual se establezca que “será sancionado con arresto de 2 a 8 días y multa equivalente al 100 % del haber mensual de un Oficial Ayudante según el Escalafón Policial Ley 5654 o su equivalente, la persona que alegando o con parentesco y/o representación legal de un alumno hostigue, maltrate, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la educación; insulte a un trabajador de la educación; ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación; arroje contra un trabajador de la educación o contra un bien de utilidad educativa elementos de cualquier naturaleza; ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente; y perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa”.

 

La iniciativa, además, indica que serán consideradas “como agravantes de las acciones tipificadas cuando las mismas se cometan frente o en presencia a los alumnos. En ese caso, la sanción establecida será el doble de la dispuesta en el artículo anterior”.