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CNRT: ¿un organismo de control o recaudación?

ESPECIAL (por Francisco Pancho Calderón).- La Comisión Nacional de Regulación del Transporte es un organismo descentralizado que debería controlar y fiscalizar el transporte terrestre de jurisdicción nacional. Claro que hablamos de “correspondería”, “incumbiría”. Potencial. Aleatorio. Lamentablemente, no podemos elogiar la gestión de la CNRT pues sin lugar a dudas no cumple con sus objetivos y de modo muy elocuente, monta una “obra de teatro” en épocas de tránsito fluido de pasajeros en vez de proceder a cumplimentar su reglada gestión durante los 365 días del año.

 

La CNRT debería instrumentar -TODO EL AÑO- los mecanismos necesarios para garantizar la fiscalización y el control de la operación del sistema de transporte automotor y ferroviario, de pasajeros y carga de Jurisdicción Nacional, con el objetivo de garantizar la adecuada protección de los derechos de los usuarios y promover la competitividad de los mercados.

 

Ello implica, ejercer el poder de policía en materia de transporte de su competencia controlando el cumplimiento efectivo de las leyes, decretos y reglamentaciones vigentes, así como la ejecución de los contratos de concesión; y fiscalizar la actividad realizada por los operadores de transporte.

 

Claro que para ello tiene por deberes el recibir y tramitar con diligencia toda queja, denuncia o solicitud de información de los usuarios o de terceros interesados, relativos a la seguridad del transporte bajo su jurisdicción y demás aspectos referentes a la adecuada prestación de los servicios.

 

Además, debe intervenir sin demora cuando, como consecuencia de procedimientos iniciados de oficio o por demanda, considere que algún acto o procedimiento de una empresa sujeta a su jurisdicción es violatorio de normas vigentes, o de algún modo afectan a la seguridad, ordenando al concesionario involucrado disponer lo necesario para corregir o hacer cesar inmediatamente las condiciones o acciones contrarias a la seguridad.

 

Hasta allí, los deberes básicos, primarios. Ahora… ¿cumple la CNRT con esos objetivos elementales?

La respuesta es lapidaria: ¡NO! O para ser más drásticos: ¿cuántos operativos se cristalizan en el año? ¿Qué información oficiosa se tributa acerca del resultado de los mismos?

 

¿O será que en verano, Pascuas, vacaciones de invierno y feriados largos se dedican a fiscalizar, controlar y/o habilitar?

 

La CNRT “DEBERÍA” vigilar las tareas de las empresas operadoras, examinar y habilitar los vehículos afectados al servicio de transporte de pasajeros y cargas en cuanto a su seguridad y condiciones técnicas a través del Sistema de Talleres de Inspección Técnica (C.E.N.T.), conferir la Licencia Nacional Habilitante de los conductores a través del Sistema Descentralizado de Clínicas, comprobar el cumplimiento de los recorridos, horarios y tarifas establecidas para el transporte automotor de pasajeros, e inspeccionar el funcionamiento de las estaciones terminales y asesorar a la Secretaría de Transporte.

¿Lo hace? Seguramente que a cuentagotas fuera de los períodos aludidos y sí se ponen las pilas en el máximo flujo de viajantes.

 

¿Por qué se procede a ello tan impunemente? ¿Por la simple razón de sancionar, multar y recaudar o hasta coimear?

Para aquellos que viajamos frecuentemente, no es novedad esta actividad peculiar y quizás espuria.

 

Pero vale la pena detenernos en un punto: la CNRT debería divulgar acerca de los derechos u obligaciones de usuarios y empresas durante la prestación del servicio… ¿Cuánto se divulga acerca de ello? ¿Cuánto se advierte? ¿No tiene este Organismo el presupuesto imprescindible para generar una concientización adecuada?

Sin embargo, reiteramos, sobre todo en lapsos vacacionales o de descanso, allí sí salen los “Sabuesos” a ver qué “presa” pueden capturar.

 

Aplicar y hacer cumplir los contratos de concesión de transporte de pasajeros, controlar la cantidad y calidad de la oferta de servicios, fiscalizar la ejecución de los Programas de mantenimiento de estaciones y coches, intervenir en el cumplimiento del Programa de Inversiones acordado en los contratos de concesión, vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad está RECONTRA bueno. Pero… ¡TODO EL AÑO! Y con procedimientos LÓGICOS, COHERENTES, CONGRUENTES Y HECHOS PÚBLICOS.

 

Dispositivos tipo rapaces, como con una codicia avariciosa, codiciosa, pletórica de ambición por sancionar, gravar y RECAUDAR solo terminan causando perjuicio a los propios pasajeros.

Los mecanismos de control deben contar con engranajes funcionales, simples, eficaces, prácticos y OPORTUNOS. No ocasionando daños a viajantes.

 

Por último, vale la pena destacar algo… Este miércoles a la mañana llamamos al 0800-333-0300. Amén que el mensaje automatizado por computadora es lento, la comunicación posterior con un agente demoró más de 7 minutos.

Probamos llamando al (011) 4819-3000. Otro mensaje predeterminado pero éste mucho más largo indicando todos los internos a los cuales uno puede enlazarse.

 

Por consiguiente, ¿quién va a tomarse tanto tiempo con tan nula agilidad del sistema?

De éste modo, sería espléndido que el Gobierno nacional ponga manos en el asunto e intervenga la CNRT, disponiendo de mayores controles INTERNOS para poner orden en un Organismo que genera más dudas que certezas.