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Casas de cambio deberán acreditar un patrimonio mínimo de $10 millones

El directorio del Banco Central de la República Argentina dispuso que las casas y agencias de cambio tendrán que mantener una responsabilidad patrimonial computable mínima (definida esta como el patrimonio neto menos los aportes pendientes de integración) de al menos $10 millones en el caso de las casas de cambio y de $5 millones para las agencias.

 

Las casas y las agencias de cambio deberán constituir una garantía no inferior al 10% de la exigencia de capital que les corresponda, establece la Comunicación A 6850.

El incumplimiento de capitales mínimos o de la garantía habilitará a la suspensión por 60 días corridos de la autorización para funcionar.