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¿Burla? Nación oficializa $ 4 mil adicionales para quienes reciban planes sociales pero se mantiene firme en discusión con docentes

El Gobierno lanzó la semana pasada un complemento de $ 4 mil para que los beneficiarios de planes sociales que tengan un trabajo dentro de la economía popular puedan llegar a cubrir un Salario Mínimo Vital y Móvil, actualmente en $ 8.060. Denominado “Programa de Transición al Salario Social Complementario” la ayuda entra dentro de la prórroga de la Emergencia Social, por la que la administración de Mauricio Macri recibió fuertes críticas por la demora en su reglamentación, que se produjo casi tres meses después de su sanción.

 

Mucho más rápida fue la oficialización de esta nueva ayuda, ya que fue publicada en el Boletín Oficial bajo la Resolución 201-E/2017 del Ministerio de Trabajo, a cargo de Jorge Triaca. El objetivo de la iniciativa es “implementar medidas de apoyo orientadas a trabajadoras y trabajadores incluidos en acciones o programas nacionales de empleo vinculados a la economía popular”.

 

Podrán acceder al programa, en una primera etapa, “aquellos que finalicen o finalizaran luego de la entrada en vigor de Ley N 27.345 (Emergencia Social), su participación en algunas de las líneas de asistencia económica individual del programa Trabajo Autogestionado, en el programa Construir Empleo o en acciones especiales de empleo implementadas por el Ministerio de Trabajo orientadas a sectores de la economía popular”.

 

La Resolución explica que los beneficiarios “percibirán en forma directa y personalizada una ayuda económica no remunerativa mensual de 4 mil pesos, para su disponibilidad a través de una tarjeta magnética”. Quedan excluidos quienes perciban “una remuneración proveniente de un contrato laboral bajo relación de dependencia; prestaciones contributivas por desempleo; prestaciones previsionales; y ayudas económicas provenientes de programas de empleo”.

 

Este nuevo programa será transitorio y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017 “o hasta la efectiva implementación del Salario Social Complementario previsto por la Ley N 27.345, lo que ocurra primero”, aclara la resolución sobre la fecha límite del programa de asistencia social.