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ANSES puso nuevos requisitos para acceder a la pensión universal

A través de la Resolución 17, ANSES fijó nuevos requisitos socioeconómicos para acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Tal pensión es hoy es de 8.328 pesos lo que equivale a 80% del haber mínimo para mujeres y varones de más de 65 años que no cobran jubilación, no trabajan y que no pueden jubilarse porque no tienen los 30 años de aportes para jubilarse.

 

A partir de esta Resolución, para aprobar el otorgamiento de la PUAM, se realizará una evaluación socioeconómica en base a los ingresos del solicitante, consumo de tarjetas de débito y crédito, patrimonio como bienes, autos y embarcaciones.

 

Según la resolución: “Las personas que soliciten la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) instituida por el artículo 13 de la Ley 27.260, a partir de la vigencia de la presente reglamentación, deberán cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante ANSeS, conforme las disposiciones del presente Anexo”.

 

Asimismo, agrega: “Para la evaluación prevista en este artículo, ANSeS requerirá a la AFIP la información necesaria para controlar y definir el derecho al acceso a la prestación PUAM, guardando expresa confidencialidad sobre la misma”.

 

En la actualidad cobran la PUAM 120 mil personas. Y cabe aclarar que, a diferencia de las jubilaciones ordinarias, la PUAM no da derecho a la pensión por viudez (no es heredable por el cónyuge).

 

Nuevos requisitos

 

* Los ingresos brutos anuales percibidos en los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la evaluación, no podrán superar en promedio los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar.

 

* Se tendrán en cuenta además en este análisis, los sueldos brutos en relación de dependencia, haberes previsionales brutos y los ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias y el rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

 

* Además, los gastos y consumos efectuados con tarjetas de crédito y débito no podrán superar en más del 30% los ingresos calculados.

 

* La manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá superar cuatro veces el importe anualizado del ingreso bruto.

 

* La titularidad de bienes registrados en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, tampoco deberán superarlo en 1,5 veces.

 

* No podrán tener titularidad de bienes en los registros de la Administración Nacional de Aviación Civil, y en el caso que los tuvieran en los registros de la Prefectura Naval Argentina, no podrán ser embarcaciones de más de nueve metros de eslora.